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martes, 12 de agosto de 2008

PLAN DE OBRAS, TRABAJOS INDISPENSABLES Y ADQUISICIÓN DE BIENES DE LA LÍNEA ROCA

Mediante Resolución Nro. 469/2008 de la Secretaría de Transporte de la Nación de fecha 07 de Julio de 2008, publicada en el Boletín Oricial Nro. 31.463 de fecha 07-08-2008, se detalla el programa de obras, trabajos indispensables y adquisición de bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de largo recorrido. Se incorporan obras al Anexo I - Servicios Ferroviarios Metropolitanos, Línea General Roca, del Decreto Nro. 1683/2005.

Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Articulo 1º — Incorpóranse las obras Electrificación Glew – Korn vía ascendente, Renovación vía descendente Glew – Korn, Torno bajo piso Depósito Llavallol, Remodelación TREINTA (30) estaciones, Adquisición bateadora compactadora de vía, Adecuación Estación Bosques Servicio eléctrico – diesel, Obras de Seguridad e Higiene, Planta de combustible Tolosa y Remedios de Escalada y Paso a nivel Glew – Calle Avellaneda, al Anexo I – Servicios Ferroviarios Metropolitanos, Línea General Roca del Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.
Art. 2º — Apruébase el “Plan de Obras Indispensables” para la Línea General Roca – Grupo de Servicios Nº 4, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º — Autorízase a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA, a instrumentar la ejecución del “plan de Obras Indispensables” aprobado en el artículo precedente, a partir de la utilización de los fondos que ingresen a la CUENTA DE INGRESOS DE EXPLOTACION, aplicando la metodología establecida en el Acuerdo de Operación de Emergencia de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros Grupo de Servicios Nº 4 – Línea General Roca, de fecha 5 de julio de 2007, suscripto entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICOS y la citada Unidad.
Art. 4º — Notifíquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.

Redacción:CRÓNICA FERROVIARIA

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